viernes, 20 de mayo de 2011

EL URBANISMO Y LA ORDENACIÓN DEL TERRITORIO

En la gestión y la ordenación de las ciudades intervienen agentes públicos y privados, aunque sus intereses sean diferentes. A los propietarios del suelo les interesa que dicho suelo se revalorice, pasando de ser un suelo rústico a uno urbano, consiguiendo así que el suelo tengo los máximos volúmenes de edificación. Este proceso también afecta a los promotores inmobiliarios. Por otra parte, los inversores y empresarios industriales entran en conflicto con los propietarios, ya que los intereses de estos últimos es la utilización del suelo como zona residencial, además de no querer que sus viviendas estén cerca de las instalaciones industriales, puesto que ya conocen las desventajas. En general, la ciudadanía defiende la existencia de suelos para usos comunitarios y viviendas baratas y de calidad. El poder político interviene para resolver los conflictos entre los agentes sociales, usando como principal instrumento el PGOU.

El urbanismo tiene como objetivo la ordenación del espacio urbano. En las ciudades, localizadas en municipios, podemos encontrar espacios urbanos y rurales, siendo el suelo urbano cada vez más extenso debido los suelos rústicos se sitúan en zonas limítrofes a las ciudades. El PGOU proyecta nuevos espacios para futuros crecimientos de acuerdo a las demandas sociales y las necesidades económicas reconocidas. El PGOU tiene que estar en relación con políticas globales de ordenación del territorio. En el caso de Canarias la referencia es la isla.

El urbanismo moderno surge en la segunda mitad del s XIX, a partir del desarrollo industrial y el éxodo rural. Las ciudades de España, hasta la Guerra Civil, regularizaron sus planos a partir del casco histórico y, en la mayoría, son murallas, puesto que ya habían sido derribadas, dando lugar así a los ensanches. Se llevan a cabo planes saneamiento, al igual que mejoras del viario y se proyectan parques urbanos.

En los años cuarenta y cincuenta las ciudades recuperan su crecimiento. Se aprueba la Ley del Suelo y Ordenación Urbana, base de las PGOU. Se impulsa la edificación de VPO y, en los años sesenta, el éxodo rural provoca un crecimiento de la población urbana. Sin embargo, no se pudo acabar con el chabolismo en el extrarradio y hubo una fuerte demanda de viviendas que favoreció la especulación urbanística. En muchas ciudades se deterioró el casco histórico por la especulación y, en el extrarradio, se planifica el desarrollo de áreas residenciales e industriales. Estos rasgos de desarrollo urbano se mantienen en los setenta.

A partir de los ochenta los ayuntamientos son de gestión democrática y la organización general del territorio no es tanto una competencia de gobierno del Estado como de las nuevas comunidades autónomas.

El estado autonómico otorga a las comunidades competencias sobre ordenación del territorio, urbanismo y vivienda. El planteamiento urbanístico del suelo corresponde a los ayuntamientos que lo hacen mediante distintos planes. El PGOU es el instrumento básico de ordenación urbanística del municipio. Proyecta el desarrollo urbano a medio y largo plazo. Los Planes Parciales concretan el PGOU para cada área y los Planes Espaciales ordenan aspectos específicos.

En una sociedad democrática la participación ciudadana tiene que ser relevante en el desarrollo del PGOU. Esta nos se expresa sólo en la elección de los concejales del ayuntamiento sino en la participación activa en su redacción del PGOU por los vecinos, tanto de manera individual como colectiva. La presión vecinal es decisiva en la determinación de usos comunitarios para la mejora de la calidad de vida.

En el desarrollo urbanístico influyen los intereses empresariales y, especialmente, la globalización. Las ciudades compiten entre sí, siendo el PGOU un buen instrumento a utilizar para atraer inversiones, prever el desarrollo de determinadas infraestructuras que favorezcan la instalación de grandes empresas con un efecto positivo sobre el nivel de vida y empleo de los residentes en la ciudad.

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