viernes, 20 de mayo de 2011

LA ESPAÑA DE LAS AUTONOMÍAS Y LA DIVISIÓN REGIONAL DURANTE EL FRANQUISMO (NO PAU)

http://fronterasblog.files.wordpress.com/2009/07/division_regional_javier_burgos-full.jpgLos mapas objeto de comentario representan la organización territorial de España durante la dictadura de Franco, y la propia del Estado autonómico que surge en la Transición Democrática tras la aprobación de la Constitución Española de 1978.

En el primero de los casos, el Estado español presenta una organización unitaria y centralizada. Tras la Guerra Civil, el País Vasco y Cataluña perdieron su régimen autonómico, que le fue concedido durante la 2º República (Constitución de 1931) y todo el territorio pasó a estar bajo el control exclusivo del gobierno del Estado, repitiéndose así la situación vivida en la restauración y en la Dictadura de Primo de Rivera. Un único gobierno gobernará el Estado, mientras que las regiones y las provincias carecen de poder político autónomo.

En el caso de las regiones durante el franquismo, estamos ante una división que ni siquiera tiene una significación administrativa. Comparando los dos mapas podemos apreciar que las imágenes no se corresponden, en algunos casos, con la actual división autonómica. Las únicas que mantienen su configuración anterior y denominación son Galicia, Asturias, Extremadura, Andalucía, Canarias, Baleares, Navarra, Cataluña y Aragón. También hay casos en los que se mantiene la configuración pero no su denominación, como es el caso de Valencia (ahora Comunidad Valenciana) y Vascongadas (hoy Euskadi o País Vasco). En el resto de España cambian las denominaciones y/o distribución de provincias. Donde hoy situamos Castilla y León, anteriormente se distinguía entre Castilla la Vieja y León, con la exclusión de Santander (hoy comunidad autónoma de Cantabria) y Logroño (hoy La Rioja). Murcia es, actualmente, una comunidad autónoma uniprovincial, a diferencia de lo que sucedía en el franquismo, donde Albacete formaba parte de la región. Albacete más las comunidades autónomas que conformaban Castilla la Nueva, en el franquismo, forman en la actualidad Castilla La Mancha, excluyendo a Madrid. Ceuta y Melilla, que en el principio eran municipios dependientes de las provincias de Cádiz y Málaga, se convierten en ciudades autónomas.

Común a los dos mapas es la división provincial, donde apenas se aprecian diferencias, si bien el poder político de la división territorial varía. Las provincias son una creación del estado liberal en España, siguiendo el modelo de la Francia revolucionaria de prefecturas y departamentos. El franquismo mantuvo y reforzó este modelo. La máxima autoridad provincial era el Gobierno Civil, que era el representante del gobierno en ese territorio., con un poder considerable en lo civil, compartido con el capitán general como máxima autoridad militar. El Gobernador Civil era el Jefe provincial del Movimiento Nacional, el partido único de la Dictadura. El órgano de representación de los municipios de la provincia era la Diputación provincial. Este modelo no se aplicó durante el franquismo en Canarias, donde el órgano de representación a este nivel era el Cabildo insular desde 1910. En Baleares, la creación de los Consell insulares es muy posterior, en la Transición Democrática. En el nivel inferior a la provincia o isla de organización territorial, en el franquismo y hoy, es el municipio. Su órgano de gobierno es el ayuntamiento y a su cabeza, el alcalde. En el franquismo, el alcalde era elegido directamente por el gobierno en los municipios capital de provincia, y en los restantes lo elegía el Gobernador Civil. En la actualidad, en la etapa democrática, el alcalde es elegido entre los concejales y éstos son elegidos directamente por los vecinos en las elecciones municipales.

A la muerte de Franco (1975) se inicia la transición Democrática. En 1978 se aprueba la Constitución la cual establece que España sigue siendo un estado unitario pero descentralizado. Reconoce el derecho a la autonomía de sus regiones y nacionalidades. A partir de ese momento, y como desarrollo de la propia Constitución, se aprueban los estatutos de autonomía de las, hoy, 17 comunidades autónomas españolas. Cada estatuto de autonomía, conforme a la Constitución, reconoce sus órganos y competencias. Las primeras en incorporarse al proceso son las de Cataluña y el País Vasco pues la propia Constitución reconoce un procedimiento más rápido de acceso a la autonomía por haberla tenido en la 2º República. A continuación le siguen Galicia y Andalucía, ésta última a través de un proceso algo complejo, a través de un referéndum, celebrado en 1980, logró un nivel de competencia mayor del previsto por el gobierno inicialmente. En 1983 ya se había completado el mapa autonómico, si bien la transferencia de muchas competencias fue algo más tardía. Muchos de los estatutos autonómicos han sido modificados a lo largo de estos años, el único que ha sido sustituido por otro posterior, íntegramente, ha sido el de Cataluña de 2005, sobre cuya constitucionalidad se ha pronunciado recientemente el Tribunal Constitucional.

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